Gobernanza IA
Buen uso y gobernanza de la inteligencia artificial
RURALHYPE es una plataforma de avatares de inteligencia artificial hiperrealistas aplicada a la promoción del medio rural. Por la propia naturaleza del proyecto, el cumplimiento normativo en materia de IA no es un anexo: es parte del producto. Esta página resume el marco legal que aplicamos y los compromisos operativos que asumimos.
Marco normativo europeo
El Reglamento (UE) 2024/1689 de Inteligencia Artificial, en vigor desde agosto de 2024, establece un enfoque basado en el riesgo, prohíbe determinadas prácticas (manipulación subliminal, puntuación social, explotación de vulnerabilidades, entre otras) y fija obligaciones de transparencia para los sistemas de IA generativa. Entre ellas, el artículo 50 obliga a marcar de forma detectable el contenido de imagen, audio y vídeo generado o manipulado por IA.
Marco normativo español
El 26 de mayo de 2026, el Consejo de Ministros aprobó el Proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial y lo remitió al Congreso de los Diputados, donde inició su tramitación parlamentaria (Boletín Oficial de las Cortes Generales, Serie A, núm. 97-1, de 12 de junio de 2026). La norma adapta el Reglamento europeo al ordenamiento español y, entre otros aspectos:
- Designa a la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA), con sede en A Coruña, como autoridad central de vigilancia, junto a otras autoridades sectoriales como la Agencia Española de Protección de Datos, el Consejo General del Poder Judicial o el Banco de España, según el ámbito afectado.
- Refuerza la supervisión humana efectiva cuando puedan verse afectados derechos fundamentales.
- Establece un régimen de infracciones y sanciones, incluida la falta de etiquetado del contenido generado con IA cuando corresponda.
- Articula la gobernanza de los entornos controlados de pruebas (sandboxes), con un espacio nacional operado por la AESIA para facilitar la innovación segura.
A fecha de esta publicación, el texto se encuentra en tramitación parlamentaria y no constituye derecho vigente. RURALHYPE sigue su evolución y adapta sus procesos de forma anticipada, aplicando ya los criterios del proyecto como estándar propio.
Compromisos operativos de RURALHYPE
- Identificación clara. Nuestros avatares son interfaces digitales generadas con IA y así se comunican. El contenido sintético de vídeo, imagen y audio se marca de forma visible, en línea con el artículo 50 del Reglamento europeo, cuya obligación de marcado resulta exigible a partir del 2 de diciembre de 2026.
- Supervisión humana. Cada avatar opera con guiones revisados, información aprobada por la entidad promotora y límites de respuesta definidos. Ninguna pieza se publica sin revisión humana.
- Sin suplantación. Los avatares son personajes originales. El uso de rostro o voz de personas reales exige autorización expresa y documentada.
- Trazabilidad y corrección. Cada contenido tiene fuente, fecha de actualización y responsable de revisión. Las entidades o personas afectadas por información incorrecta pueden solicitar su revisión o retirada en el correo de contacto.
- Sin prácticas prohibidas. RURALHYPE no emplea técnicas subliminales, manipulación del comportamiento, puntuación social ni perfilado encubierto. La finalidad es informar, promocionar y hacer accesible el territorio con datos verificados.
- Protección de datos. El tratamiento de datos personales se rige por el RGPD, la LOPDGDD y nuestra política de privacidad.
- Colaboración con supervisores. RURALHYPE se compromete a colaborar con la AESIA y las autoridades competentes, y valora la participación en entornos controlados de pruebas para validar el despliegue de avatares en el sector público.
Referencias
- Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo.
- Proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial (BOCG Serie A, núm. 97-1, 12/06/2026).
- Consejo de Ministros de 26 de mayo de 2026 (referencia La Moncloa y Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública).
Última actualización: julio de 2026.